El Sol de México. México.
La Ley de la Guardia Nacional tendrá mano ancha para intervenir llamadas telefónicas, audios e imágenes; el Código Penal Federal lo permite en 14 delitos y otras siete leyes también abren la puerta a escuchar diálogos particulares, previa autorización judicial.
La minuta enviada a la Cámara de Diputados también faculta a la Guardia Nacional auxiliarse de cualquier institución de seguridad pública “o personas que presten servicios de seguridad privad’’, para casos en que resulte necesario.
El Artículo 103 permite la intervención preventiva de comunicaciones en los siguientes delitos del Código Penal Federal: evasión de presos, delitos contra la salud, corrupción de menores o incapaces, pornografía de personas menores de 18 años, turismo sexual, lenocinio, explotación del cuerpo de un menor, asalto en carreteras.
