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¿Qué es la Trata de Personas?

¿Qué es la trata de personas?

La trata de personas se refiere al comercio ilegal de seres humanos con propósitos de esclavitud laboral, explotación sexual, trabajos forzados, extracción de órganos, o cualquier forma moderna de esclavitud contra la voluntad y el bienestar del ser humano. La trata involucra el secuestro, el engaño, las amenazas y la violencia, entre muchas otros medios.

Las personas víctimas de trata suelen ser reclutadas mediante engaños (tales como falsas ofertas de trabajo u ofertas engañosas que no aclaran las condiciones en las que se va a realizar el trabajo ofrecido) y trasladadas hasta el lugar donde son explotadas.

En los lugares de explotación, las víctimas son retenidas por sus captores mediante amenazas, deudas, mentiras, coacción, violencia, entre otros mecanismos, y son obligadas a prostituirse o a trabajar en condiciones infrahumanas.

¿Sabías que…?

Mujeres, hombres, niñas, niños y adolescentes son explotados sexualmente y utilizados en trabajos forzados, servidumbre, y matrimonios serviles.

Muchas de las personas que hoy son víctimas de la trata de personas fueron engañadas por personas que conocían como sus padres, novias, novios, “amigos” o “amigas”.

Existen muchas medidas que podemos adoptar para prevenirnos y prevenir a nuestros seres queridos.

Diferencias entre trata y tráfico de personas

Tanto la trata de personas, como el tráfico ilícito de ellas, refieren a dos problemáticas distintas, por lo que es importante utilizar los términos de manera correcta.

En el caso de tráfico de personas, se hace bajo el consentimiento de la persona, las víctimas de la trata, por el contrario, nunca han consentido o, si lo hicieron inicialmente, ese consentimiento ha perdido todo su valor por la coacción, el engaño o el abuso de los tratantes.

A continuación, se desarrolla un cuadro con las principales diferencias:

Trata de Personas Tráfico de Personas
Definición “Captación, transporte, traslado, acogida o recepción de una personas… para su explotación.”
(Protocolo para prevenir, reprimir y sancionar la trata de personas)
“La facilitación de un cruce de fronteras sin cumplir los requisitos legales o administrativos con el fin de obtener directa o indirectamente un beneficio económico u otro de orden material.”
(Protocolo contra el tráfico ilícito de migrantes)
Contacto Generalmente la víctima es contactada por la/el tratante. La persona contacta a la/el traficante (pollero).
Consentimiento El consentimiento está viciado, porque se consigue a través de diferentes medios, como el engaño, el fraude o el abuso de una situación de vulnerabilidad. La persona consiente el cruce de fronteras sin la documentación requerida.
Rutas Puede ser dentro de un mismo país, o puede implicar el cruce de fronteras. Implica necesariamente un cruce de fronteras.
Pagos En la mayoría de los casos el/la tratante sufraga los gastos derivados del transporte y/o traslado de la víctima. Hay un intercambio monetario entre la persona y la/el traficante (pollero).
Delito Atenta contra la víctima y sus derechos, por lo que es un delito que afecta a la persona en un primer lugar, y a la legislación de los Estados en un segundo término. Atenta contra la legislación de los Estados.
Ganacia El beneficio económico o de otra índole se obtiene de la explotación de una persona. El beneficio económico o de otra índole se obtiene de la facilitación del ingreso ilegal de una persona a otro país.

La trata de personas a nivel internacional

En la pasada década, la trata de personas ha alcanzado proporciones crónicas. Ningún país es inmune. El Protocolo de las Naciones Unidas para Prevenir, Reprimir y Sancionar la Trata de Personas, especialmente mujeres y niños (Protocolo contra la trata de personas) define la trata de personas con el propósito de proporcionar una base común para la prevención de la trata, la penalización de los ofensores y las medidas de protección para las víctimas.

La trata en México

De acuerdo con la Oficina de las Naciones Unidas para el Control de las Drogas y la Prevención del Delito (ONUDD), y el Reporte de Trata de Personas del Departamento de Estado de Estados Unidos de América, México está catalogado como entidad de origen, tránsito, y destino para la trata de personas, para los propósitos de la explotación sexual comercial y del trabajo forzado. Los grupos considerados más vulnerables para la trata de personas en México incluyen a mujeres y los niños, las personas indígenas, y los migrantes indocumentados.

En lo referente a la regulación en México, el 14 de junio del 2012 se publicó la Ley General para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas de estos Delitos. Esta ley sustituyó la anterior Ley para Prevenir y Sancionar la Trata de Personas, y reformó diversas disposiciones de la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada, el Código Federal de Procedimientos Penales, el Código Penal Federal, la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, la Ley de la Policía Federal y la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública. El 23 de septiembre del 2013 la Secretaría de Gobernación (Segob) publicó en el Diario Oficial de la Federación su Reglamento.

Algunas consecuencias para las víctimas

  • Abuso físico y/o sexual y/o psicológico
  • Dificultades de reintegración
  • Estigmatización
  • Muerte

¿Cómo identificar a una víctima de trata?

A diferencia de los migrantes irregulares o de personas sometidas a otro tipo de abusos, las víctimas de trata tienen una serie de necesidades físicas, psicológicas y de seguridad que requieren de atención inmediata debido al proceso al que han sido sometidas y los grupos con los que han estado vinculadas.

Se sugiere que en el proceso de investigación/ identificación se haga un análisis de tipo cumulativo a través de las siguientes perspectivas:

Perspectiva legal: a partir de la definición de trata, que hemos ya mencionado. ¿Hay elementos aparentes que me puedan indicar que es una víctima de trata? ¿qué recursos nacionales e internacionales existen para ayudar a definirlo? En este caso es conveniente apegarse al Protocolo contra la Trata y, de existir, a la legislación nacional pertinente.

Perspectiva del criminal: A partir de intentar discernir los propósitos y las intenciones del posible tratante habrá que preguntarse: ¿Puedo identificar a criminales de trata alrededor de esta persona? Lo que se busca es descubrir si el objetivo del criminal era simplemente cruzarla al otro lado de la frontera o su propósito era explotarla después del cruce. Otro indicador podría ser el de si la persona es libre de terminar la relación con el tratante y de ser así, qué tipo de consecuencias enfrenta al hacerlo, o si tiene libertad de movimiento.

Finalmente es necesario hacer una evaluación desde la perspectiva de la víctima a través de la pregunta: ¿Existen algunas claves que me ayuden a juzgar o clasificar a esta persona como una víctima de trata?

Protección y Asistencia a las víctimas de trata

La asistencia y protección a las víctimas puede contemplar los siguientes puntos:

  • Establecimiento de sistemas adecuados de identificación.
  • Estructuras capaces de brindar apoyo inmediato.
  • Asistencia médica, psicológica e incluso, de ser posible, acompañamiento durante un periodo de “reflexión y estabilización” previo a iniciar cualquier proceso de tipo judicial.
  • Regularización de su situación migratoria.
  • Criterios especiales de protección para aquellas víctimas que decidan entrar en un proceso legal como testigo.
  • Las niñas, los niños y adolescentes que sean víctima de trata de personas deben ser identificados como tales.
  • En aquellos casos que se estime apropiado, se debería contemplar la posibilidad de residencia temporal o permanente, asilo o refugio, según las posibilidades legales y reglamentos vigentes. De lo contrario hacer las gestiones necesarias para un retorno seguro a su lugar de origen.
  • Finalmente se debe pensar en una solución o alternativa de mediano plazo y esto se traduce en promover programas de reintegración social, sea en el país de destino, establecimiento en un tercer país o bien, retorno y reintegración en el lugar de origen.